Ha llegado, no el día, sino un día más en el que Hacienda tiene que exprimirnos hasta la última gota. Ahora, después de pagar los respectivos impuestos, como el IVA, por adquirir un determinado producto, se te va a cobrar uno nuevo por venderlo en plataformas como Wallapop, app de compra-venta de productos que, aunque es la más famosa, no es la única que se somete a la legislación más actual.
Tampoco es que deba pillarte por sorpresa, ya que fue a finales del año pasado cuando se informó de este, digamos impuesto, que tendrán que pagar aquellos individuos que solían deshacerse de objetos acumulados en sus hogares mediante Wallapop, Vinted, Airbnb u otras plataformas digitales. Desde ahora están obligados a rendir cuentas a Hacienda siempre y cuando cumplan con ciertos criterios.
Keko@KekarchSe nota que es #Martes13 no había otro día para que me llegue un correo de Wallapop, pidiéndome mis datos para dárselos a Hacienda por el tema de impuestos… Etc. País de sinvergüenzas. https://t.co/FMmGUZ0EFS13 de febrero, 2024 • 17:12
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Y es que, la Agencia Tributaria, en un arrebato de preocupación por evitar que alguien logre ingresos considerables sin reportarlos, implementó esta medida para asegurarse de que nadie escape al ojo recaudador del fisco.
Tus datos para Hacienda
Desde el 6 de febrero hasta el 6 de abril, estos gigantes deben pasar por el aro y comunicar a la Agencia Tributaria cada detalle sobre los vendedores, ya sean individuos o empresas, ¡como si fueran sus propios inspectores! Dicho de otra forma, hay dos meses de plazo para que estas plataformas envíen sus informes al fisco, es decir, que puedes recibir desde ya mismo un mail de cualquiera de estas apps pidiéndote algunos datos.
Eso sí, este mail solo te llegará si cumples una serie de condiciones, como ganar más de 2000 euros en ventas o realizar muchas ventas en la app en 12 meses. El mismo indica que deberás facilitar tu nombre, dirección y DNI para facilitárselo a la Agencia Tributaria.
La orden con los modelos de declaración fue publicada el lunes en el BOE, con el conocido nombre de DAC7, y entra en vigor el martes. Al principio se les dio hasta el 31 de enero, pero como siempre, Hacienda se retrasó en aprobar el reglamento y los modelos. ¿Quién se preocupa por los plazos cuando se trata de informar a las autoridades, verdad?
Este es el texto de esta nueva norma:
La Directiva traspuesta recoge el mandato de facilitar el intercambio de información fiscal obtenida a través de estos operadores digitales. Dicha norma comunitaria tiene como objetivo mejorar el marco existente para el intercambio de información y la cooperación administrativa en la Unión Europea, así como ampliar dichos fines en ámbitos nuevos, con el propósito de abordar los desafíos que plantea la digitalización de la economía y ayudar a las administraciones tributarias a recaudar los impuestos de una forma mejor y más eficiente.
Esta norma exige a estas plataformas la identificación de sus usuarios, así como de sus transacciones en sus webs o a apps:
En concreto, la norma establece para los denominados ‘Operadores de plataforma obligados a comunicar información’ tres tipos de obligaciones:
• Normas y procedimientos que deberán aplicar los operadores sobre los ‘vendedores’ para la obtención de determinadas informaciones, a fin de cumplir con el suministro de información a la Administración tributaria.
• Obligación de registro en el censo.
• Obligación de suministro de información a la Administración tributaria.
Esto es algo que enfadará y mucho, a quienes sobrepasen los límites impuestos por Hacienda a efectos de notificación, es decir, aquellos que realicen ventas por un valor superior a los 2000 euros o realicen más de 30 transacciones anuales.