La última condena a ING demuestra que los bancos pueden hacer mucho más contra el phishing

El phishing es una actividad delictiva que, desgraciadamente, está a la orden del día, más que nunca. Especialmente, son los bancos quienes más suelen ser suplantados por los ciberdelincuente sy, según la justicia, son las propias entidades bancarias las que deberían ponerse firmes ante esta situación.
De no ser así, podría pasarles como a ING, ya que una sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 56 de Barcelona ha supuesto un punto de inflexión en la protección de los usuarios frente al fraude online.
Condena a ING por no hacer lo necesario
La resolución en cuestión condena al banco ING a devolver la cantidad de 5.977,65 euros a una clienta que fue víctima de un elaborado caso de phishing, al considerar que la entidad no adoptó las medidas de seguridad necesarias para evitar que se produjera el engaño.
Concretamente, tenemos que remontarnos a nochebuena del año pasado, cuando la afectada recibió un mensaje de texto que simulaba proceder del banco, advirtiendo de un inicio de sesión en su cuenta desde un nuevo dispositivo. Vamos, el mismo tipo de mensaje que estamos cansados de recibir millones de usuarios y que no solo imita a ING, sino a BBVA; Banco Santander y otras muchas entidades.
Lo que pasa es que, en este caos, la víctima picó el anzuelo y, minutos después, recibió una llamada desde el número oficial de atención al cliente de ING, el 912 066 666. O, al menos, eso creía, y quien estaba al otro lado del teléfono se hizo pasar por una empleada del banco, alertando sobre una operación sospechosa y ofreciéndose a solucionarla.
Ante la aparente legitimidad del mensaje y la llamada, la clienta accedió a facilitar ciertos códigos de verificación, con los cuales los delincuentes lograron ejecutar varias operaciones fraudulentas.
Este es el motivo por el que el juez ha señalado que ING no evitó que los ciberdelincuentes suplantaran su número telefónico oficial para contactar con la clienta, lo que generó una situación de confianza completamente justificada. Esta omisión por parte del banco es clave en la resolución del caso, pues el juez entiende que las entidades financieras tienen la obligación de anticiparse a estos métodos de fraude y proteger activamente a sus clientes frente a ellos.
De esta forma, la sentencia no solo obliga a ING a devolver la cantidad sustraída, sino también a abonar los intereses legales desde la reclamación extrajudicial inicial y a asumir las costas del proceso judicial, estableciendo establece un precedente significativo en materia de seguridad bancaria y defensa del consumidor.
ING avisa: no te fíes
En este sentido, es oportuno señalar que ING, como casi todos los bancos, alega en su propia web que nunca solicitará a los clientes su clave de acceso completa, el CVV de sus tarjetas, ni todas las posiciones de la tarjeta de coordenadas. También ofrece canales oficiales de contacto para resolver dudas relacionadas con la seguridad digital: el buzón seguridad.internet@ing.es y sus perfiles en redes sociales como X y Facebook.
Pero, claro, esta sentencia recuerda que advertir no es suficiente. Las entidades deben asumir su papel protagonista en la prevención del delito online y ponerles las cosas más complicadas a los ciberdelincuentes.