No te vas a librar de las multas, ahora llegan por SMS o correo electrónico
Se acabó eso de pensar que nos podemos librar de las multas simplemente ignorándolas. A partir del 3 de octubre cambia la ley que indica cómo nos pueden notificar desde la Administración tanto este tipo de documentos como otros requerimientos que ahora llegarán mediante un SMS o con un correo electrónico.
La Administración se moderniza, y quizás para lo que les interesa dirán muchos porque, por ejemplo, el Libro de Familia se sigue haciendo a mano en España y hay que ir al registro casi un mes después de haberlo solicitado – como lo oís si todavía no os habéis casado o tenido familia -. Sin embargo, para lo que parece que sí interesa, el mundo digital ofrece ventajas que desde la Administración no se van a dejar pasar cuando se ponga en marcha la nueva Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que, con fecha de 3 de octubre, empezará a regular los protocolos que seguirá la administración para relacionarse con los ciudadanos y gracias a la que nadie se va a poder librar de las multas nunca más.
Y uno de estos nos afectará a nuestro teléfono móvil ya que van a revitalizar algo que parecía olvidado con el WhatsApp, los SMS. Puede que ninguno de vuestros amigos os mande ya nada mediante estos, pero ahora nos llegarán ahí cosas como multas, requerimientos y casi cualquier tipo de comunicación que nos quiera hacer la Administración con el fin, según ellos, de eliminar trabas burocráticas para los ciudadanos y conseguir ahorros en la gestión.
No te podrás librar de las multas por no recogerla en Correos
Hasta ahora, para recibir una multa nos la tenia que dar el cartero. Si no estábamos venía tres días después y si aún no la recogíamos, se quedaba esperando en Correos para que fuéramos a recogerla. En muchos casos bastaba con no ir a por ella para alegar que no nos habíamos enterado y así, encontrar como librarnos de las multas.
Desde Hacienda, se indica que a partir de la próxima semana «la Administración enviará un aviso al dispositivo electrónico a la dirección de correo electrónico comunicada por el interesado informándole de la puesta a disposición de una notificación accesible a través de medios electrónicos – es decir SMS o correo electrónico –, incluso aunque el interesado no haya señalado expresamente su preferencia por la notificación electrónica, y adicionalmente se le remite en papel».
No todo es malo, cosas que también se podrán hacer telemáticamente y son buena noticia
Nos hemos centrado en este detalle, pero lo cierto es que como todo, la nueva norma va a tener cosas interesantes, sobre todo de cara a los autónomos ya que, «se generaliza a cualquier tipo de procedimiento y trámite administrativo la obligación que hasta ahora tenían esencialmente empresas de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas». O lo que es lo mismo, el pago de impuestos, alta o baja de trabajadores en la Seguridad Social, solicitud de licencias comerciales, etc. ya no necesitarán que nos personemos y perdamos una mañana en una oficina.
Por otra parte, también es una buena noticia que no tengamos que ir con la enésima fotocopia del DNI u otro documento que hemos aportado ya mil veces. Se eliminan este tipo de trámites como la presentación de documentos originales o que ya hayan sido aportados o aquellos como DNI, pasaporte o certificados de empadronamiento que hayan sido elaborados por las propias Administraciones.