En julio de 2025, diversas prestaciones públicas y programas sociales en España ofrecen ayuda directa a familias que atraviesan dificultades económicas. Desde transferencias inmediatas hasta tarjetas monedero, estas medidas buscan dar un respiro rápido cuando más se necesita.
Las crisis inesperadas, como enfermedad, pérdida de empleo o desastres, pueden dejar a hogares sin recursos. Por ello, existen ayudas específicas para emergencias que son fáciles de solicitar desde el móvil, sin papeleos interminables. A continuación, te explicamos qué existe hoy, cómo se tramita y qué necesitas para acceder.
Ayudas disponibles y cómo solicitarlas
- Ingreso Mínimo Vital (IMV) y complemento por infancia: El IMV es la prestación central para familias en situación vulnerable. En 2025, incluye un complemento adicional por cada menor a cargo (hasta 115 € mensuales por niño). Se solicita a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, con certificado digital, Cl@ve o por selfie (sin identificación digital).
- Prestación por hijo a cargo: Ofrece entre 588 y 8.700 € anuales por hijo según edad y discapacidad. Puedes pedirla también en la sede electrónica de la Seguridad Social o en los centros de Servicios Sociales si no tienes acceso digital. Es compatible con el IMV hasta ciertos límites.
- Cheque bebé y ayudas por nacimiento: Las familias con bebés pueden recibir 100 € de cheque bebé si el nacimiento es reciente (menores de tres años) y se cumplen requisitos de cotización o prestación. También se han ampliado permisos parentales a 16 semanas por progenitor.
- Subsidios y permisos por cuidados familiares: Incluyen permisos retribuidos para cuidar familiares con enfermedad grave o accidente (hasta 5 días al año) sin perder el sueldo. También hay permiso no retribuido para cuidado de hijos menores de 8 años.
- Ayudas extraordinarias tras desastres: En casos como inundaciones o la DANA, se activan ayudas para familias afectadas: cubren desde daños estructurales hasta bienes domésticos de primera necesidad. Se pueden solicitar online con Cl@ve o certificado, y también en registro público o Correos.
Cómo solicitarlas desde el móvil
- Accede a la sede electrónica de la Seguridad Social o al portal del Gobierno con Cl@ve o certificado digital.
- Elige la ayuda deseada: IMV, hijo a cargo, cheque bebé, etc.
- Rellena el formulario, sube documentación digitalizada o usa la opción selfie si no tienes firma electrónica.
- Firma y envía, y podrás hacer seguimiento del estado desde la app móvil o correo electrónico.
En caso de urgencia extrema es importante que sepas que puedes acudir a Servicios Sociales del ayuntamiento con cita previa.
Nueva ayuda en camino
Hay cambios en el horizonte para las familias con hijos menores de edad. Hay un propuesta del gobierno encima de la mesa con la que las familias podrían contar con una ayuda económica de 200 euros al mes por cada menor que tengan a su cargo. Hay que tener en cuenta que la medida está en pleno proceso, ya que ha aprobado en el Consejo de Ministros, pero no hay fecha prevista para su entrada en vigor. El problema es que como no hay Presupuestos Oficiales del Estado aprobados, la partida de esta ayuda no tiene presupuesto y deberá dotarse en el momento de su aprobación final.
Si sale adelante, la idea es que sea una ayuda de 200 euros mensuales por hijo, funcionando como una prestación universal por crianza. Es decir, que su llegada sería para todas las familias con menores a cargo, pero con algunos criterios que podrían ajustar ese acceso. Es decir, que los hogares con más recursos quizá no puedan beneficiarse como los que cuentan con renta baja, que son para los que están pensada la propuesta.
La realidad desde los anuncios de los consejos de ministros hasta la llegada a los bolsillos de los beneficiarios puede ser muy larga. De hecho, hay que tener en cuenta que en 2027 habrá elecciones generales, por lo que la propuesta podría no llegar en estos términos o directamente no llegar nunca. Por ahora, las ayudas son las que son y por ese motivo es importante estar al día de cómo podemos solicitarlas.
¿Quién puede solicitar estas ayudas?
- Familias con menores de 18 años o con dependientes con discapacidad.
- Hogares sin ingresos o con ingresos por debajo de los límites establecidos.
- Víctimas de desastres naturales que hayan sufrido daños materiales.
- Personas desempleadas o en riesgo de exclusión.
Cada ayuda tiene criterios específicos que deberás de revisar, como residencia legal en España durante al menos un año (IMV), empadronamiento histórico o límites de ingresos según el número de hijos. También se puede compatibilizar IMV con la prestación por hijo de forma condicionada.
