Hay veces en las que entrar en la dinámica de tener que pedir algo a un operador se convierte en un pequeño problema, por no hablar directamente de un infierno de llamadas, idas y venidas que apenas solucionan nada. Pues bien, ahora, Orange ha sido obligada a cambiarle el terminal a uno de sus usuarios por que no le funcionaba nada bien el que tenía.
El protagonista es un usuario del foro de ADSLZone que ha tenido a bien contarle a todo el mundo su caso, con pelos y señales, que ha durado la friolera de dos años (casi). Mirad. Hay que remontarse hasta el 29 de septiembre de 2012 que es cuando este usuario accede a un plan ‘renove’ para conseguir un nuevo terminal y coge un smartphone HTC con el que sella una permanencia de 18 meses en la tarifa y 24 por el móvil.
Apenas cumplidos los tres primeros meses, el HTC empieza a dar problemas y lo envía una primera vez al servicio técnico del operador, que es al fin y al cabo el que se lo ha proporcionado y el que debe hacerse cargo de él. Pues bien, imaginad cómo debió venir del SAT que necesitó de otras seis visitas más para ver si daban con la tecla. Pero no. No hubo suerte.
En todo ese tiempo es de imaginar que el enfado fue ‘in crescendo’ hasta que a la vuelta de las séptima reparación, decidió que ya no hacían falta más y pidió a Orange que se le cambiaran el smartphone. La operadora no estaba por la labor y su única respuesta fue que «tendrá que ir al servicio técnico tantas veces como sean necesarias». Con ese panorama, no le quedó más remedio que interponer una reclamación en Consumo, solicitando el cambio a Orange por estar el móvil defectuoso de fábrica. Lógicamente la operadora no puso mucho de su parte y presentó un escrito en el que señalaba que su ámbito material de arbitraje al que estaba adherido se limitaba a «la prestación del servicio de telefonía móvil”.
Por suerte, Consumo no hizo ningún caso y continuó sus acciones hasta que el 25 de noviembre de 2013 emitió el laudo 36R0018352013 que decía, literalmente, que «se entra en el fondo del asunto a pesar de que la reclamada alega tratarse de materia excluida de arbitraje y que el hecho reclamado no va asociado únicamente al terminal sino que se fundamenta en el consiguiente incumplimiento del propio contrato de suministro de voz asociado a ese terminal”. Y por suerte ahí no terminó la cosa por que resolvió que “la compañía procederá a entregar al consumidor un terminal igual al reclamado o de análogas características”. ¿Creéis que había ganado? Para nada.
Orange recurrió denunciando al usuario ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia y solicitando no solo la paralización del laudo, sino la imposición de las costas del proceso que deberían correr a cargo del demandado, es decir, el usuario que seguía sin móvil más de un año después. Por fortuna, ese Tribunal Superior de Justicia de Galicia dictó sentencia favorable al usuario y confirmando que Orange debía entregar al consumidor un terminal igual o de análogas características.
La historia acaba ayer mismo, con un mensajero yendo a casa del usuario para hacerle entrega, un día antes de que expirase el plazo dado por el juzgado, de un HTC One X.
¿Qué? ¿Hay o no motivos para estar ahora un poquito más felices?