Cuando las operadoras suben las tarifas unilateralmente ¿qué se puede reclamar?
Tanto Movistar, en sus paquetes de Fusión, como Vodafone, han subido entre 1 y 9 euros los precios de sus tarifas a cambio de dar más a sus clientes en forma de muchos más datos o más servicios, como franquicias en roaming. Los argumentos para justificarlo, que no dejan de ser válidos, van desde las inversiones para aumentar las velocidades de acceso como la necesaria rentabilidad de los servicios que estaba ya ahogada por la guerra de tarifas. Si bien alguien que no tiene permanencia puede tomar la decisión de cambiarse, quien está atado todavía muchos meses a esa tarifa que sube de precio ¿qué puede hacer?
La ley establece, como bien explica Rubén Sánchez, portavoz de FACUA en su artículo de opinión en Sabemos, que las operadoras, como han hecho, tienen que informar a los usuarios de cualquier cambio en sus condiciones contractuales con, como poco, un mes de anticipo.
En el caso particular de Movistar y Vodafone, el panorama que se presenta para los usuarios que ven incrementado el precio de su tarifa y todavía tienen permanencia es diferente. En el caso de la primera, para quien no quiera pagar los 5 euros de subida, la única opción que se da es la baja gratuita del contrato sin penalización alguna, pero teniendo que buscarse una nueva tarifa o un nuevo operador. Por su parte Vodafone ofrece una doble posibilidad, la de la baja sin coste y la de mantener el precio y condiciones originales hasta que finalice el periodo de permanencia.
Como bien indica Sánchez, la cuestión está en que si el cliente incumple una permanencia se lleva una penalización ¿por qué no ocurre al contrario si es la empresa la que lo hace? Un contrato no sólo vincula a una de las partes, sino a las dos, y en este caso, si el cliente está obligado a pagar, la empresa lo está a ofrecer una serie de servicios a un precio concreto hasta que acabe el periodo establecido, como si ha hecho Vodafone. El caso contrario, para el representante de FACUA, daría como resultado según la legislación vigente, en una cláusula abusiva e ilegal dado que produce un desequilibrio en los derechos y obligaciones de usuario y prestador de servicios.
¿Y qué se puede hacer?
La realidad es que, con la legislación en la mano, cada usuario puede hacer una reclamación al operador para que le mantenga las condiciones hasta el fin de la permanencia. Si este se niega, que lo puede hacer y es necesario que lo haga para dar el siguiente paso, entra en juego la reclamación de sus derechos e incluso del abono de una penalización a las agencias, direcciones o secretarías generales de Consumo de las Comunidades Autónomas para iniciar el litigio con la compañía.