¿Es posible librarse de una multa si te pillan conduciendo y con el móvil? Sí, según este juez

Puede parecer increíble, pero en algunos casos es posible librarse de una multa por usar el móvil mientras se conduce. No porque sea legal, que evidentemente, no lo es, sino porque la Administración debe aportar pruebas sólidas que respalden su acusación. Y eso s lo que le ha pasado a un conductor el mes pasado.
Recientemente hemos sabido, vía Infobae, que un juzgado en Madrid ha anulado la sanción de 200 euros a un imprudente conductor que usaba el móvil mientras circulaba por la ciudad. ¿Quiere eso decir que ya no te van a multar? Para nada, conducir con el móvil en la mano sigue siendo una infracción grave, peligrosa e irresponsable, y está duramente castigada por la ley. De hecho, el simple hecho de sostener el teléfono conduciendo implica dicha multa de 200 euros y pérdida de 6 puntos de carnet.
¿Entonces, cómo se le ha quitado la multa?
Si leemos la resolución del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 15 de Madrid, encontramos la respuesta.
Todo surge de una multa de 200 euros impuesta por la Dirección General de Tráfico a un ciudadano por presuntamente usar el teléfono móvil al volante. Según los agentes, el conductor estaba sujetando el terminal mientras circulaba. Entonces, el acusado pagó la multa, pero, poco después, la recurrió alegando que no había cometido ninguna infracción.

El juez le dio la razón, señalando en su sentencia del 26 de mayo que no existían pruebas concluyentes de que estuviera utilizando el móvil. Se invocó el principio de presunción de inocencia, concluyendo que no basta con la declaración de un agente si no va acompañada de pruebas objetivas. Y es aquí donde entra la clave del asunto, el no aportar pruebas que determinen que el usuario estaba usando el móvil.
Pero, ¿no prevalece la palabra de la autoridad ante el infractor? La realidad es que, aunque creamos que es así, no lo es. En España, las denuncias de los agentes de policía tienen valor probatorio, pero esto no significa que sean incuestionables y las pruebas siempre son lo que dan o quitan la razón a uno u otro.
Esto es lo que ha llevado al juez a anular la multa por conducir usando el móvil a este usuario y, además, obligar a la DGT a pagar 60 euros en costas judiciales.
Hay precedentes, aunque con distinta argumentación
Este no es un caso aislado. Como podemos leer en el Diario de Córdoba, en la ciudad andaluza, en 2024, otro juez anuló una multa similar impuesta a un conductor por la Policía Local. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Córdoba, declaró nula de pleno derecho una sanción de 200 euros por hablar por teléfono mientras conducía. ¿El motivo? El expediente sancionador estaba incompleto y no contaba con una firma válida ni pruebas suficientes, lo cual vulneraba la seguridad jurídica del afectado.
Lo que queda claro es que, sí, conducir usando el móvil es, evidentemente, una distracción que está penada por la Ley y que, por eso, debes saber cómo llevar el smartphone en el coche. Pero también tenemos claro que las sanciones, por muy graves que sean los hechos denunciados, deben respetar escrupulosamente los derechos del ciudadano, incluyendo la obligación de presentar pruebas claras y la competencia adecuada para emitir resoluciones.