Los operadores de telefonía hay muchas veces que juegan en el alambre en cuanto a la prestación de sus servicios se refiere. La competencia, que se ha triplicado en los últimos años, les exige que sus estrategias sean cada vez más agresivas, aunque siempre deben estar muy pendientes de lo que está permitido y hasta dónde pueden llegar. Eso es lo que le ha sucedido a Vodafone esta semana.
Siendo la portabilidad uno de los nuevos pasatiempos de muchos usuarios para intentar “pescar” alguna oferta mejor, o incluso un terminal rebajado, estaba claro que al final las compañías tendrían algunos problemas con esa gestión. De este modo, y con portabilidades de por medio, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha desestimado un recurso de reposición de Vodafone contra la sanción de 600.000 euros impuesta al operador por cancelar «reiteradamente» sin consentimiento de los clientes las solicitudes de portabilidad cursadas a favor de Telefónica entre los usuarios del segmento de pequeña empresa.
Así pues, Vodafone no tendrá más remedio que hacer frente al pago de esta multa del órgano supervisor en favor de Telefónica a la que finalmente han dado la razón. La denuncia por parte del operador “azul” que fue remitida en 2012 puede entenderse como una estrategia comercial ante uno de sus mayores competidores, o simplemente porque lo creían justo, como finalmente se ha terminado demostrando.
Vodafone y el recurso
En el recurso presentado por Vodafone el pasado mes julio ha sido, por lo tanto, desestimado “íntegramente” contra la resolución en la que se determina que durante el periodo comprendido entre diciembre de 2008 y enero de 2012 la operadora incumplió «reiteradamente» su obligación de garantizar la conservación de la numeración de los clientes del segmento empresarial.
La CNMC se muestra bastante dura en su discurso, y advierte que “no es admisible que Vodafone pretenda ignorar el tipo de conducta infractora que ha estado desarrollando durante más de tres años”. Y además el regulador señala que la sanción impuesta es «sensiblemente» inferior al límite máximo legalmente permitido de dos millones de euros para la conducta infractora.
Sin duda no se puede obviar que no se trata de una buena noticia para Vodafone, no obstante, seguro que el operador estará mucho más atento en ocasiones futuras ante esas duras palabras que ha recibido de la CNMC, y muy posiblemente tanto ellos, como todos los demás operadores estén más sensibilizados con respecto al asunto de las portabilidades.